En el texto puede leerse el primer artículo del “Código de Deberes Militares y Penas para sus infractores” de San Martín. “Las penas aquí establecidas -dice el último artículo del Código- serán aplicadas irremisiblemente.
Sea honrado el que no quiera sufrirlas.
La Patria no es abrigadora de crímenes. Cuartel General en Mendoza, setiembre de 1816. (Fdo.) José de San Martín”.
Sea honrado el que no quiera sufrirlas.
La Patria no es abrigadora de crímenes. Cuartel General en Mendoza, setiembre de 1816. (Fdo.) José de San Martín”.
Extraido de Santa Iglesia MIlitante
Nota:
Tomen nota los marxistas argentinos que se consideran continuadores del prócer.
Tomen nota los politicos que deshonran diariamente a la Patria a y a Dios.
Tomen nota quienes consideran a Dios y su Santa Madre como fábulas de ignorantes.
San Martín tenía bien en claro quien es el primero de entre los primeros : DIOS
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