Todos estos argumentos intentan justificar el “matrimonio” homosexual, sea bajo este nombre o las eufemísticamente llamadas “uniones civiles” o “sociedades domésticas.”
Además de apelar a la ciencia, los activistas homosexuales también fomentan su
agenda con otros argumentos. Algunos se basan en interpretaciones liberales de
los derechos humanos o constitucionales. Otros proceden de creencias
filosóficas o religiosas liberales.
Todos estos argumentos intentan justificar el “matrimonio” homosexual,
sea bajo este nombre o las eufemísticamente llamadas “uniones civiles” o
“sociedades domésticas.” La aceptación de cualesquiera de estos argumentos
redefinirá el concepto del matrimonio desatendiendo totalmente a su verdadera
naturaleza. Si esto sucede, la ley pierde su fundamento en el orden natural y
la recta razón, y así su legitimidad. [1]
Estos argumentos empleados por el Movimiento Homosexual serán examinados
aquí desde la perspectiva de la Ley Natural. Los argumentos de activistas
homosexuales “católicos”[2] se
examinan a la luz de la doctrina de la Iglesia.
“¡Ante la
ley todos somos iguales, así es que nos vamos a casar!”
Es verdad que todos son iguales ante la ley. Esta igualdad, sin embargo,
es jurídica, no biológica. No puede, y de hecho no elimina las diferencias
anatómicas y psicológicas entre los sexos. Son estas mismas diferencias las que
crean las condiciones para el matrimonio y constituyen su fundamento natural.
Con respecto al matrimonio, la igualdad jurídica significa que todos
aquellos con la capacidad natural de casarse
tienen el derecho de hacerlo. Esta
igualdad jurídica no crea las
condiciones requeridas por la naturaleza para el matrimonio. Ahora el acto
conyugal está intrínsecamente relacionado con el matrimonio, y la naturaleza
requiere de dos individuos de sexos opuestos para su realización.
Dos personas del mismo sexo que deseen casarse carecen totalmente de
este requisito natural, de modo que el principio de la igualdad ante ley no se
aplica.
“¡Podemos
hacer lo que queramos mientras no violemos los derechos de otros!”
Este concepto es falso. La libertad humana concede al hombre la posibilidad de actuar como él desea, pero no
necesariamente el derecho a hacerlo. Las
acciones del hombre deben conformarse a la recta razón y a ley natural. “Nada
más absurdo se puede decir o concebir que la noción de que, porque el hombre es
libre por naturaleza, él está por lo tanto exento de la ley.”[3]
“¡Actos
homosexuales de mutuo consentimiento entre adultos no dañan a nadie!”
El consentimiento no legitima necesariamente un acto. La moralidad de un
acto no depende solamente de la intención y consentimiento de los que lo
realicen; el acto debe también ser conforme a la ley moral. Así, el
consentimiento mutuo entre homosexuales nunca puede legitimar actos homosexuales,
que son desviaciones contra la naturaleza del verdadero y natural fin del acto
sexual.[4] Por
otra parte, los actos homosexuales consensuados de hecho dañan. La extensión de
la homosexualidad socava la moral pública y la familia. “Dañan” el bien común
de la sociedad y la perpetuación de la raza humana.
“¡Lo que
hacemos en privado en nuestra casa no es asunto de nadie!”
La privacidad del hogar es indudablemente sagrada, pero no es absoluta.
Cuando un acto malo se hace en público, el escándalo que sobreviene
constituye su mal intrínseco. Sin embargo, un acto malo no llega a ser bueno
sólo porque se realiza en privado. Su naturaleza mala no cambia.
Aunque los actos homosexuales son más graves cuando son públicos, ellos
continúan siendo “intrínsecamente malos” cuando son hechos en privado.[5] Asimismo,
la inviolabilidad del hogar no protege actos inmorales y socialmente
destructivos tales como la prostitución de niños, la poligamia, el incesto y
otros actos de ese tipo.
“¡La moralidad
tampoco es asunto del gobierno!”
Según la ley natural, el Estado tiene el deber de mantener la moralidad
pública. Esto no significa que el Estado debe hacer cumplir la práctica de cada
virtud y proscribir la práctica de cada vicio, como supuestamente procuran
los ayatolás de hoy. En cambio, significa que, al
legislar en materias morales, el gobierno debe decidir cuando algo afecta
directamente al bien común, y entonces legislar así para favorecer la virtud y
obstaculizar el vicio.
Una vez que la homosexualidad, el adulterio, la prostitución y la
pornografía socavan los fundamentos de la familia, que es la base de la
sociedad, entonces el Estado tiene el derecho de utilizar su poder coercitivo
para proscribirlos o restringirlos actuando según los intereses del bien común.
“¡El
‘matrimonio’ homosexual no amenaza al matrimonio tradicional. Ellos pueden
coexistir, uno junto al otro!”
Se dice que el vicio no pide nada más que sentarse al lado de la virtud.
Cuando se permite que el vicio coexista pacíficamente con la virtud, esta
última se corrompe. La virtud solamente es integral cuando combate
vigorosamente a su contrario.
El “matrimonio” homosexual destruye la integridad del verdadero
matrimonio, transformando al matrimonio tradicional en una especie dentro del género matrimonio.
Este amplio género de matrimonio supuestamente abarcaría matrimonios
tradicionales, homosexuales o uniones heterosexuales, y cualesquiera otras
nuevas relaciones extrañas que puedan surgir.[6]Este
nuevo género de “matrimonio”, sin embargo, no es matrimonio.
El matrimonio es la unión permanente, vínculo sagrado que une a un
hombre y a una mujer que desean constituir una familia y afrontar las pruebas
de la vida juntos. El matrimonio exige una devoción, dedicación y sacrificio
desinteresados. El matrimonio y la familia son instituciones sagradas que
fomentan el bien común de la sociedad.
La legalización del “matrimonio” homosexual y el ponerlo en pie de
igualdad con el matrimonio tradicional, subvierten y destruyen a este último.
Cuando la autoridad pública y la sociedad en general niegan la singularidad y
la contribución irreemplazable del verdadero matrimonio al bien común, y cuando
los individuos pueden encontrar incentivos legales y recompensas más fácilmente
en estos simulacros, entonces el verdadero matrimonio está en vías de
extinción.
“¡El
matrimonio homosexual es rechazado hoy como el matrimonio interracial era
negado hace 50 años. Es sólo un prejuicio!”
Este argumento es falso. Ante todo, uno no puede comparar dos realidades
esencialmente diferentes. Un hombre y una mujer de diversas razas no son
comparables a dos hombres o a dos mujeres.
Un hombre y una mujer que desean casarse pueden ser totalmente
diferentes en sus características: uno puede ser negro, el otro blanco; uno
rico, el otro pobre; uno erudito, el otro no; uno alto, el otro bajo; uno puede
ser famoso, y el otro desconocido. Ninguna de estas diferencias son obstáculos
insuperables al matrimonio. Los dos individuos son aún hombre y mujer, y por
eso los requisitos de la naturaleza son respetados.
El “matrimonio” homosexual es contrario a la naturaleza. Dos individuos
del mismo sexo, sin importar su raza, riqueza, estatura, erudición o fama,
nunca podrán casarse debido a una imposibilidad biológica insuperable.
Simplemente no hay analogía entre el matrimonio interracial de un hombre
y de una mujer y el matrimonio entre dos individuos del mismo sexo.
En segundo lugar, los rasgos raciales heredados e invariables no se
pueden comparar con el comportamiento no genético y modificable.
“¡Ustedes
dicen que no tenemos derechos!”
No es verdad que los homosexuales no tengan derechos. Todo hombre tiene
los derechos que derivan de su naturaleza racional humana. Por ejemplo, el
derecho a la vida, a trabajar, y a constituir una familia (no una unión
homosexual).
Si dos adúlteros o dos homosexuales ejercitan su derecho de asociación y
establecen negocios juntos, son perfectamente libres de hacerlo. El propósito
de su sociedad de negocios es legítimo, negocios y comercio, y la ley
garantizará sus derechos.
Es diferente si forman una asociación para promover la pornografía infantil,
la pedofilia, la homosexualidad o el adulterio. Puesto que el fin de esta
asociación es malo, es ilegítimo, y, por lo tanto, proscrito por la ley
natural. Ninguna acción mala por sí misma puede ser fuente de derechos, puesto
que “el bien común es el fin y la regla para el Estado.”[7]
Por lo tanto, prohibir la homosexualidad o el adulterio no constituye
una trasgresión de ningún derecho natural y fundamental del individuo, pues
estas acciones no están de acuerdo con la naturaleza humana.
“¡El
matrimonio homosexual es un asunto de derechos civiles. No tiene ninguna
relación con la moral!”
Esto es equivalente a afirmar que los derechos civiles no tienen
relación con la moral, lo que no es verdad. Aunque muchos hoy en día disocian
la expresión “derechos civiles” de la moral, el hecho es que los “derechos
civiles” no pueden existir sin un fundamento moral.
La moral es más amplia y es el fundamento de la ley. La ley necesita ser
justificada por la moral. Las leyes que no se fundan en la moral no tienen
ningún propósito, puesto que las leyes existen para el buen orden de la
sociedad. En su famoso tratado de derecho natural, el Padre Taparelli D’Azeglio
afirma:
El orden moral es la base de la sociedad, porque cada deber se funda en
un orden moral que resulta de un orden natural. Ahora, el orden es la regla
natural para el intelecto. En el intelecto, el orden es simplemente la verdad,
y en cuanto obliga a la voluntad, el orden es bondad. [8]
“¡La Iglesia
permite que las parejas estériles se casen, así que debería ser coherente y
también permitir el matrimonio homosexual!”
Esto es un argumento usado con frecuencia por los activistas
homosexuales “católicos”. No hay comparación posible entre la esterilidad
natural de una pareja casada y la esterilidad antinatural de una unión
homosexual.
En el primer caso, el acto conyugal realizado por el marido y la esposa
tiene la posibilidad de engendrar una nueva vida. La concepción puede no
ocurrir debido a una cierta disfunción orgánica en el esposo o debido a los
períodos naturales de la infertilidad de la esposa.[9] Esta
dificultad de concebir proviene de razones accidentales o circunstanciales.[10] Así,
en casos de esterilidad accidental e indeseada de los esposos, nada se hace
para frustrar el fin del acto conyugal.
En el acto homosexual, por el contrario, la esterilidad no es
accidental. Proviene de la misma fisiología del acto, que es estéril por
naturaleza. Como declara un documento del Vaticano en el 2003:
Tales uniones [de homosexuales] no pueden contribuir de una manera
apropiada a la procreación y a la supervivencia de la raza humana. La
posibilidad de usar métodos recientemente descubiertos de reproducción
artificial, además de implicar una falta grave de respeto por la dignidad
humana, nada hace para alterar esta insuficiencia.[11]
“¡La Iglesia
permite que una pareja estéril se case con el fin de darse mutuo apoyo, por lo
tanto, a dos homosexuales que buscan darse mutuo apoyo, debería permitírseles
también casarse!”
El apoyo mutuo es uno de los fines secundarios del matrimonio y el
matrimonio es válido cuando se contrae para uno de sus fines, con tal que se
mantenga abierta la posibilidad de procrear.[12] El
Papa Pío XI enseña:
El matrimonio y el uso del derecho matrimonial tienen ambos fines
secundarios -tales como el apoyo mutuo, el fomentar el amor recíproco y la
disminución de la concupiscencia- los cuales dan el derecho completo al marido
y a la mujer de tenerlos en vista, siempre y cuando la naturaleza intrínseca de
este acto, y por lo tanto su debida subordinación al fin primario, sea
salvaguardada.[13]
Puesto que una pareja homosexual es incapaz de realizar el acto conyugal
y de asegurar el fin primario de la unión, su unión no puede ser matrimonial. Y
por eso, el apoyo mutuo de dos homosexuales no puede ser conyugal sino
solamente de amigos.
“¡Prohibir a
los homosexuales casarse es discriminatorio!”
No es discriminación. “Negar el status social y
jurídico de matrimonio a formas de cohabitación que no son y no pueden ser
maritales no se opone a la justicia; por el contrario, la justicia lo
requiere.”[14]
“¡Es injusto
no permitir que los homosexuales se casen, forzándolos a practicar la castidad
contra su voluntad!”
Como San Pablo enseña, el impuro no entrará en el Reino de los Cielos.[15] Todos
están obligados a practicar la castidad según su estado de vida. Esta
obligación procede de la ética natural y de la Moral Revelada, que la Iglesia
no puede cambiar. Los esposos casados deben vivir castamente observando la
fidelidad matrimonial, y los solteros deben vivir su castidad, absteniéndose de
relaciones sexuales.
Si una persona carece de condiciones físicas, psicológicas u otras
condiciones para contraer matrimonio, él debe practicar la perfecta castidad en
el celibato. No solamente hay gloria en elegir el celibato por el amor al Reino
de los Cielos, también hay mérito en aceptar la castidad que las circunstancias
imponen como medio de acatar la santa voluntad de Dios.
Fuente: Acción Familia
[1] “Como dice
Agustín (De Lib. Arb. i, 5) ‘que lo que no es justo parece no ser ley en
absoluto’: por esta razón la fuerza de la ley depende de la medida de su
justicia. Ahora, en los asuntos humanos se dice que una cosa es justa, por ser
correcta, de acuerdo a las reglas de la razón. Pero la primera regla de la
razón es la ley natural, como quedó claro por lo que establecimos más arriba
(Q. 91, Art. 2 ad 2). En consecuencia, cualquier ley humana posee la naturaleza
de ley en la medida que se deriva de la ley natural. Pero si se desvía en
cualquier punto de la ley natural ya no es más una ley sino una perversión de
la ley.” (St. Tomas de Aquino, Summa Theologica, II-I, q. 95, a. 2).
[2] Cf. Andrew Sullivan, “Gay Marriage,”
www.slate.msn.com/id/3642/entry/23844/, “Why ‘Civil Union’ Isn’t Marriage,”
www.indegayforum.org/authors/sullivan/sullivan4.html, “Who Says the Church
Can’t Change?” Time, June 17, 2002.
[3] León XIII, Encíclica Libertas, in Claudia
Carlen, I.H.M., The Papal Encyclicals 1878-1903 (New
York: McGrath Publishing Co., 1981), no. 7, p. 171
[4] Ver Capítulo
IX. En
defensa de una Ley Superior.
[5] “Si los actos
son intrínsecamente malos, la buena intención o circunstancias particulares
pueden disminuir su maldad, pero ellas no pueden eliminarla. Ellos continúan
siendo actos ‘irremediablemente’ malos per se, y en sí
mismos no son capaces de ser ordenados hacia Dios y hacia el bien de la
persona” (Juan Pablo II, Encíclica Veritatis Splendor,
no. 81,
www.vatican.va/holy_father/john_paul_ii/encyclicals/documtnets/hf_jp-ii_enc_06081993_veritatis-splendor_en.html).
[6] El 19 de Junio
de 2003, la prensa dio una clarinada mundial por el “matrimonio” de una niña
India de 9 años y un perro callejero. Ver, “Girl weds
dog to break ‘evil spell,’”
www.news.bbc.co.uk/1/hi/world/south_asia/3004930.stm.
[7] Pío XII,
“Alocución del 8 de Enero de 1947,” Los monjes de Solesmes, ed., Le Paix Interieure des Nations (Paris: Desclée,
1952), p. 512.
[8] Taparelli
D’Azeglio, Essai Théorique de Droit Naturel (Paris:
Vve. H. Casterman, 1875), Vol. I, p. 142.
[9] La estirilidad
se distingue de la impotencia. La esterilidad es la condición temporaria o
permanente por la cual un matrimonio tiene dificultades para engendrar a un
descendiente. La deficiencia puede ser de la esposa o del esposo. En muchos
casos esa condición puede ser curada. La esterilidad no anula el matrimonio. Cf. Dr. Carlo Rizzo, s.v. “Sterility,” in Roberti and Palazzini, pp.
1163-1165.
[10] Esto no incluye medios
artificiales de control de natalidad, en los cuales se busca deliberadamente
evitar la concepción. Eludir de modo deliberado y artificial el fin del acto
conyugal es pecaminoso.
[11] Congregation for the Doctrine of the Faith, Considerations Regarding Proposals to Give Legal Recognition to
Unions Between Homosexual Persons, no. 7. (Notas omitidas) En
adelante citado como Consideraciones. Este
documento se puede encontrar en
www.vatican.va/roman_curia/congregations/cfaith/documents/rc_con_cfaith_doc_20030731_homosexual-unions_en.html.
Un extracto en castellano de este documento puede también verse en:
https://www.accionfamilia.org/cultciv/doctrina/docvaticanohomosex.htm
[12] Cf. Pietro Palazzini, s.v.“Marriage”, in Roberti y Palazzini,
p.732.
[13] Pío XI, Encíclica Casti Conubii, The
Monks of Solesmes, Papal Teachings–Matrimony (Boston:
St.Paul Editions,1963), p.250, no.319.
[14] Consideraciones, n°
8.
[15] Efes. 5:5; 1Cor. 6:9 -10; 15:50;
Gal. 5:19-21; Col. 3:5-6.
No hay comentarios:
Publicar un comentario