CUALQUIER MUJER PODRÁ ACCEDER A UN ABORTO DICIENDO FUE VIOLADA
Los hospitales públicos
practicarán el aborto cuando una mujer que aduzca haber sido violada lo
solicite, hasta seis meses después del
episodio. No se exigirá la denuncia, al recibir a la víctima deberán “creer en su palabra, sin culpabilizar,
revictimizar ni tratar de influenciar en sus decisiones”.
Por
Mónica Del Río
El Ministerio de Salud de la Nación,
que encabeza Juan Manzur, presentó un “Protocolo para la Atención
Integral de Personas Víctimas de
Violaciones Sexuales”, el
instructivo, destinado a los equipos
de salud, prevé el abordaje de las lesiones corporales y/o genitales, el
suministro de Anticoncepción Hormonal de Emergencia y el “acceso al aborto no
punible” siguiendo.los procedimientos de la Guía Técnica del
Ministerio de Salud.
“El Protocolo está diseñado para la
atención de personas víctimas de violaciones en cualquier etapa de sus vidas y hasta
seis meses después del episodio”. Superado ese plazo “deben evaluarse las
demandas y dar las respuestas pertinentes, con recursos intra o extra
hospitalarios”.
La denuncia no es obligatoria ni es un
requisito para practicar el aborto. “A partir de los 18 años la decisión de
instar la acción penal tiene que partir de la víctima”. Los funcionarios y
profesionales que toman contacto con un caso de violación de una persona mayor
de edad, sólo podrán efectuar la denuncia cuando además de violación haya
riesgo de vida o lesiones graves. “En los demás casos, no están obligados a
realizar la denuncia. Es más, no
corresponde que lo hagan”.
En el caso de los menores, los
profesionales de la salud deberán efectuar la denuncia cuando se trate de un
menor en riesgo o sospechen que los familiares pueden estar involucrados en la
violación.
Si un menor ha sido abusado por personas encargadas de su cuidado,
o algún familiar, tiene que denunciar los hechos cualquier persona que tome
conocimiento.
El Protocolo se funda en la Convención de Belem do Para, “Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la
Violencia contra la Mujer” y en la Ley nacional 26.485, de Violencia contra la Mujer, una ley
aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados y en el Senado.
Si
bien el Protocolo fue dado a conocer esta semana, después de que Cristina
Kirchner asumió su segundo período de gobierno, está fechado en agosto de 2011.
Sus lineamientos fueron dictados por
un Comité conformado por: Dra Eugenia Trumper (Asociación Médica Argentina de
Anticoncepción- Consejo Asesor PNSSyPR); Dra Diana Galimberti (Coordinadora del
Programa de Asistencia a Víctimas de Violencia Sexual de la CABA- Consejo
Asesor PNSSyPR); Dra Silvia Oizerovich (Sociedad Argentina de Ginecología
Infanto Juvenil- Coordinadora del Programa de SSyPR de CABA- Consejo Asesor
PNSSyPR); Dra Myriam Salvo (Sociedad Argentina de Ginecología Infanto Juvenil);
Lic. Eva Giberti y equipo técnico (Víctimas contra las Violencias). La
actualización y redacción estuvo a cargo de Silvia Chejter, la socióloga
feminista que coordina el CECYM (Centro de Encuentros Cultura y Mujer).
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SATANAS SIGUE ENGAÑANDO Y CORROMPIENDO
DE LA MANO
DE NUESTROS LEGISLADORES
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