DÉJENME
PENSAR DISTINTO
Dra. María Eugenia Sierra de Desimoni - Todo un ejemplo
Es
el pedido de una jueza correntina que rehúsa ser adoctrinada en la “ideología
de género” porque contraviene sus convicciones personales. Médicos, docentes,
jueces… nadie escapa de las garras de un régimen autoritario que ha emprendido
la revolución cultural.
Por
Mónica del Río Notivida
La
Dra. María Eugenia Sierra de Desimoni, Vocal de la Sala IV de la Cámara de
Apelaciones en lo Civil y Comercial elevó un petitorio al Superior Tribunal de
Justicia de Corrientes formulando objeción de conciencia a fin de que se la
exima de la obligación de asistir a los Talleres para Magistrados, del “Plan
para incorporar la perspectiva de género en la Justicia”, impulsado por la
C.S.J.N. a través de la “Oficina de la Mujer” (O.M.), que depende directamente
de la jueza Carmen Argibay.
Desimoni
se vio obligada a hacer este pedido porque la Cámara Federal de Apelaciones de
Corrientes dispuso, mediante acordada, que los talleres
fueran de “asistencia obligatoria para quienes cumplen tareas en los juzgados y
tribunales colegiados” de la provincia. En el petitorio sostiene: “No invoco
la objeción de conciencia para excusarme de resolver un caso sometido a mi
decisión jurisdiccional, sino que la invoco porque desde la Superintendencia se
me impone un adoctrinamiento en la perspectiva de género a través de la
asistencia obligatoria a talleres que son parte de un programa que tiende a
convencerme de la ideología que lo alienta. Dicho programa contraviene
mis íntimas convicciones personales”.
El Plan para incorporar la perspectiva de
género en la Justicia argentina
El “Plan para incorporar la perspectiva de género en
la Justicia argentina” afirma en su presentación que “El
concepto de género es una construcción social que se genera, se mantiene y se
reproduce, fundamentalmente, en los ámbitos simbólicos del lenguaje y de la
cultura. Sin embargo, mientras esos cambios culturales se producen, a la
justicia le compete impulsar estas modificaciones, reproduciendo los nuevos
roles y lugares para el quehacer de varones y mujeres en consonancia con los
paradigmas internacionales ya modificados para aplicarlos a las relaciones
entre los justiciables”.
El
Programa diseñado por la O.M. de la Corte tiene como uno de sus objetivos
“permitir la comprensión de que el concepto de género es una construcción
social de la que todos participamos y que, por lo tanto, podemos transformar”
(punto 2.b Objetivos parciales).
Para llevar adelante el Plan, la O.M. elaboró el “Protocolo de
trabajo en talleres para una justicia con perspectiva de género” (hay
protocolos para magistrados, funcionarios y personal administrativo de la
justicia, validados por el Sistema de Naciones Unidas en
Argentina). El proyecto ha sido respaldado por diversas agencias (ONU-Mujeres,
UNICEF, PNUD, UNPFA, OPS) que prestarán ayuda financiera para su realización.
El
Protocolo tiene en la ETAPA 1: un módulo de compromiso y transformación,
previéndose que este compromiso pueda implicar, en algunos niveles, enviar
periódicamente las resoluciones, proveídos y/o fallos, o completar
encuestas, en las que la persona que haya asistido al taller considere que se
ha aplicado la perspectiva de género en la dependencia en la que preste
funciones a su cargo.
La
ETAPA 4 consiste en A) el monitoreo por parte de miembros de la O.M.
como de auditores externos, y B) Transcurrido un año de iniciada la réplica se
realizará un encuentro de todos los actores involucrados a fin de evaluar la
efectividad del programa … “El proceso se reiniciará una y otra vez”
(www.csjn.gov.ar).
Los fundamentos de la objeción de conciencia de
la jueza Desimoni
Reconocemos que nos cuesta extractar sólo unos párrafos
de un petitorio, valiente
e ilustrativo, que amerita su lectura completa.
Dice la Dra. Desimoni:
“La
perspectiva de género es una ideología (es decir, es un sistema de
pensamiento cerrado) que defiende que las diferencias entre el hombre y la
mujer, a pesar de las obvias diferencias anatómicas, no corresponden a una
naturaleza fija, sino que son unas construcciones meramente culturales y
convencionales, hechas según los roles y estereotipos que cada sociedad
asigna a los sexos”. (.)
“Esta
ideología propone la búsqueda de la “liberación total” del hombre en
todos los órdenes, tras la de-construcción del lenguaje, de las
relaciones familiares, de la reproducción, de la sexualidad, de la educación,
de la religión, de la cultura, etc. Cuando el hombre se libere de todo eso
-dicen- será libre”. (.)
“La
ideología de género se plantea destruir una serie de realidades que
denominan "roles". Roles de la masculinidad y feminidad. Los
ideólogos de género defienden que el ser humano nace sexualmente neutral y que
luego es socializado en hombre o mujer”. (.) “La
ideología de género no batalla por la equiparación de la mujer” -afirma-
“sino que lucha para que no haya distinción de sexos, que es algo
distinto.” (.)
“Todo
ordenamiento positivo está basado en unos principios éticos, en una determinada
visión antropológica y, en última instancia, en concepciones morales y
sobre el hombre. Esta afirmación es válida aún manteniendo el correspondiente
ámbito de autonomía y distinción entre derecho y moral. (.)
Ni a nivel legal, ni a nivel personal, existen posiciones moralmente
‘neutrales’”.
“El
esquema de valores, al que adhiero, se asienta sobre la convicción precisamente
contraria a la que se me pretende impartir en los talleres de perspectiva
de género, con asistencia obligatoria”:
“Desde
la religión que profeso (católica apostólica romana) se sostiene que ‘La
ideología de género es la última rebelión de la creatura contra su condición de
creatura. Con el ateísmo, el hombre moderno pretendió negar la existencia de
una instancia exterior que le dice algo sobre la verdad de sí mismo, sobre lo
bueno y sobre lo malo. Con el materialismo, el hombre moderno intentó negar sus
propias exigencias y su propia libertad, que nacen de su condición espiritual.
Ahora, con la ideología de género el hombre moderno pretende librarse incluso
de las exigencias de su propio cuerpo: se considera un ser autónomo que se
construye a sí mismo; una pura voluntad que se autocrea y se convierte en un dios
para sí mismo’ (Cardenal Joseph Ratzinger)”.
“Entiendo
que la diferencia entre hombre y mujer es natural, el sexo biológico viene
determinado por los cromosomas XX en la mujer y XY en el varón. Es una misma
naturaleza humana que se posee de modo distinto. Eso significa que la unidad y
la igualdad entre el varón y la mujer no anula las diferencias entre ellos”.
“Para
demostrar la sinceridad de la creencia, basta con referirme a que he jurado
‘por Dios, la Patria y los Santos Evangelios’ porque profeso la religión
católica, apostólica, romana y como la postura de la Iglesia Católica frente a
la ideología de género es de conocimiento público (.) constituye suficiente
prueba de mis convicciones personales”.
“Adjunto
libreta de familia cristiana, donde consta mi casamiento religioso y el
bautismo de mis tres hijos”.
Sostiene
Desimoni que el Plan, tal como fue diseñado por la Oficina de la Mujer de la
C.S.J.N., contraviene el derecho a profesar libremente sus ideas y afecta su
libertad de conciencia, porque “va más allá de simples exposiciones o
sugerencias, clases magistrales informativas, porque está elaborado en etapas”,
e incluye el monitoreo y la evaluación, tras los cuales se
realizarán los ajustes necesarios y “el proceso se reiniciará una y
otra vez!!!!!”. Finalmente clama: “Solo pido: Déjenme pensar distinto”.
1 comentario:
Realmente todo un ejemplo, me toca particularmente esta publicacion, por que esta jueza, fuè mi pofesora de comercial II el año pasado. en la UNNE. Dios quiera, los otros jueces que se dicen catòlicos tengan la valentia de esta, jueza. Deo Gràtias.
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