¡ Viva Cristo Rey !

Tuyo es el Reino, Tuyo el Poder y la Gloria, por siempre Señor.
Cristo, Señor del Cielo y de la TIERRA, Rey de gobiernos y naciones

30 oct 2012

TINELLI SIN LIMITES




EMPECEMOS NOSOTROS CATÓLICOS A CORREGIR LA DESTRUCCION CULTURAL Y MORAL DE LA ARGENTINA DESDE LO MÁS SENCILLO, CAMBIAR DE CANAL.
SIN RATING ESTOS ENGENDROS NO EXISTEN.

Evidentemente este “ente” mediático no tiene límites.
Siempre encuentra alguna cosa más para la degradación de personas, valores y principios.
A su permanente apología de la degeneración, (sodomía, prostitución, degradación sexual), a su forma de tratar a las mujeres como cosas, al mal gusto permanente le agrega ofender a la mayoría católica en el país.

Que lo sigan viendo millones muestra lo pobre del nivel cultural argentino y la falta de respeto por todo y por todos que aumenta día a día.
Habla también del terreno perdido peligrosamente por la Iglesia por culpa de sus malos pastores que tienen MIEDO de reaccionar o son COMPLICES ante todo esto por preferir quedar bien con el mundo y con el “modernismo”.

Repito: EMPECEMOS NOSOTROS CATÓLICOS A CORREGIR LA DESTRUCCION CULTURAL Y MORAL DE LA ARGENTINA DESDE LO MÁS SENCILLO, CAMBIAR DE CANAL.
SIN RATING ESTOS ENGENDROS NO EXISTEN.

Gracias al amigo Luis Javier por el enlace al video de este programa basura:
http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=9N-5WrNm0r4 

25 oct 2012

¿QUE ES LA OBJECION DE CONCIENCIA?


  ANTES QUE LO LEGAL ESTÁ LO MORAL

 Por Martín Patrito
La objeción de conciencia consiste en el incumplimiento de una obligación de naturaleza legal, cuya realización produciría en el individuo una grave lesión en la propia conciencia. Para poder diferenciarla de figuras afines, es importante tener en cuenta que lo que el objetor persigue -su intención-, no es obstruir u obstaculizar la norma legal, sino obtener el legítimo respeto a su propia conciencia.
La objeción de conciencia, en cuanto dimensión externa de la libertad ideológica y de conciencia, es un pilar esencial en toda sociedad democrática. Además, posee especial relevancia en el debate bioético, al tratarse de una vía muy adecuada para solucionar los conflictos ético-legales.
Definición de objeción de conciencia
Se puede considerar a la objeción de conciencia como una forma de resistencia hacia una norma, siempre que dicha reserva se produzca por la aparición de un conflicto entre las obligaciones morales o religiosas de la persona y el cumplimiento de un precepto legal.
 Se trata, por lo tanto, de un enfrentamiento entre un deber moral y un deber legal. El contraste de ambas normas "induce al sujeto, en base a profundas convicciones ideológicas, a decantarse por el dictado del deber moral y a negarse a acatar la orden del poder público, por estimar que está en juego algo esencial e irrenunciable a la persona humana".
Antecedentes históricos
A lo largo de la historia, han sido relativamente frecuentes las tensiones entre los preceptos legales y los dictados de la conciencia. Ello ha generado situaciones de incumplimiento de alguna disposición estatal por parte de individuos o grupos de una determinada sociedad.
Así, por ejemplo, en el Antiguo Testamento se pueden encontrar varios ejemplos próximos a lo que hoy se considera objeción de conciencia. Uno de ellos tiene relación con los profesionales de la salud. Se trata del pasaje que relata cómo el Faraón de Egipto ordenó a las comadronas, que asistían en el parto a las mujeres hebreas, que dieran muerte a los hijos varones. Las comadronas, que temían a Dios, no obedecieron al rey de Egipto y dejaron con vida a los niños.
En la evolución histórica de la objeción de conciencia, se pueden observar dos etapas diferenciadas:
  • En la primera, la libertad de conciencia vendrá apoyada en argumentos exclusivamente religiosos.
  • En la segunda, cualquier fundamento ético se considera suficiente para avalar la libertad de conciencia.
Por ello, en las últimas décadas se aprecia en la legislación de los diversos países una clara tendencia a vincular la objeción de conciencia con la libertad ideológica y de conciencia en general, sin exigir la adhesión a un cierto credo religioso o ideológico.
En el nuevo planteamiento de la objeción de conciencia también hay que destacar su transformación, desde una situación de carácter estrictamente privado (un "drama personal"), hasta el reconocimiento de una dimensión pública. En un principio, los objetores acataban cualquier pena (hasta la de muerte), sin pretender el reconocimiento del Derecho.
Sin embargo, en la actualidad se apela a un derecho a la objeción de conciencia, incluso a no ser discriminado, ni sancionado, por mantener una actitud objetora. La objeción de conciencia recibe, actualmente, una mayor atención por parte del Derecho. La razón de ello puede ser la mayor preocupación existente por encontrar un equilibrio entre mayorías y minorías, así como el intento de integración de estas.
Por el contrario, en las sociedades antiguas, unidas, por grado o por la fuerza, alrededor de creencias determinadas no había, en general, espacio para lo diverso. En realidad, en dichas estructuras sociales se sojuzgaba o eliminaba al discrepante. De este modo quedaba erradicado de raíz cualquier posible planteamiento sobre la objeción de conciencia.
Libertad de conciencia
La objeción de conciencia es una derivación de la libertad de conciencia. Esta implica la garantía, por parte de los poderes públicos y los ciudadanos, de que el juicio personal y la actuación que del mismo se deriva, se va a realizar sin interferencias o impedimentos de cualquier tipo. Dado que la conciencia solo se predica de la persona singular, la libertad de conciencia tiene por titular, únicamente, a las personas individualmente consideradas, y no a las comunidades o grupos.
La libertad de conciencia no se ejerce en abstracto. Implica, por parte del propio individuo, la aplicación de un principio objetivo general a las circunstancias particulares en las que el mismo se encuentra.
Así, por ejemplo, entender que el aborto es un homicidio, y defender este punto de vista, implica un determinado razonamiento (que puede apoyarse en razones biológicas, filosóficas, religiosas, o en todas ellas conjuntamente). No obstante, este enjuiciamiento remite, tan solo, a la dimensión interna de la libertad de conciencia. La necesaria (y complementaria) dimensión externa operaría cuando, por ejemplo, la norma legal obligara al médico a llevar a cabo un aborto.
La conciencia sitúa a la persona en relación, no ya con la verdad o el bien en cuanto conocidos, sino con la verdad o el bien que exigen de él, como deber ético, una conducta determinada.
Como es fácil de comprender, los problemas que se generan con respecto a la libertad de conciencia surgen, no cuando esta efectúa su razonamiento práctico, sino cuando la persona pretende comportarse de acuerdo con la opción escogida. Y ello, porque tal decisión puede entrar en conflicto con las disposiciones legales vigentes, los derechos ajenos, la seguridad pública, la paz o la moral social.
Características de la objeción de conciencia
La objeción de conciencia se caracteriza por las siguientes notas: 
  • a) Presupone la existencia de una obligación legal de actuar en un determinado sentido. Por ello, el objetor puede manifestar su oposición a tal precepto legal incompatible con sus convicciones morales, pero solo en la medida en que esa norma se traduzca en deberes dirigidos directamente a él.
  • b) Implica un comportamiento omisivo. Al estar referido a exigencias consideradas menores, no encuentra, en general, obstáculo a la obtención de la exención. Por ello, el Derecho no suele activar mecanismos represivos contra él. No obstante, también puede existir la amenaza de una sanción.
  • c) Se apoya en razones religiosas, éticas, morales o axiológicas. Este es el núcleo de la cuestión, teniendo un carácter secundario el hecho de que se incumpla la norma.
  • d) Se considera que la objeción de conciencia es un derecho fundamental subjetivo, por lo que solo puede ser limitada constitucionalmente por razones de orden público, seguridad jurídica e igualdad. Se requiere, en cada caso, una labor de ponderación de los distintos valores en juego. La objeción de conciencia puede ser legal o ilegal, según el ordenamiento jurídico la reconozca como derecho o no lo haga. En aquellos casos en los que el incumplimiento de un deber general por motivos de conciencia esté permitido, la objeción de conciencia deja de consistir en una desobediencia a la ley y pasa a convertirse en el legítimo ejercicio de un derecho.
  • e) La objeción de conciencia puede estar reconocida condicional o incondicionalmente por el Estado. Se produce un reconocimiento incondicionado cuando la ley atribuye eficacia jurídica a la simple declaración objetora, con independencia de las razones en que se funde, y en base, exclusivamente, a la convicción individual expresada en la manifestación externa de la objeción. Por su parte, el reconocimiento será condicionado cuando legalmente se articule un proceso para comprobar la admisibilidad y sinceridad de las razones alegadas por el objetor.
  • f) Con la objeción de conciencia no se aspira, en principio, a modificar ninguna norma. No se pretende obligar a la mayoría a revisar su decisión, obtener publicidad ni anular una norma. Por lo tanto, hay una ausencia de fin político. Sin embargo es posible que, en un determinado momento, la actitud de un objetor trascienda a la opinión pública. El reconocimiento social de esta postura no cambia la naturaleza de la objeción, al tratarse de un hecho no buscado por el sujeto, ni dependiente de su voluntad.
  • g) La objeción de conciencia es un mecanismo que permite resolver, por vía de excepción, los conflictos entre mayorías y minorías existentes en toda sociedad contemporánea.

20 oct 2012

Monseñor Aguer: Apuntó al corazón del problema evangelizador



Los seminarios, focos de confusión del pueblo de Dios.
Intervención de Mons. Aguer en el Sínodo 

El 7 de Octubre pasado fue abierto en Roma la XIII Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos, dedicada a la Nueva Evangelización.

El Arzobispo de la Plata, Mons. Héctor Aguer, quien fue invitado directamente por el Papa Benedicto XVI, dedicó la breve intervención que hizo cada uno de los integrantes del Sínodo, a exponer uno de los problemas centrales que afectan a la Iglesia y que, de no ser corregido, esterilizará cualquier intento de evangelización por nuevo que sea.

Se recordará que en un post anterior, hemos escrito aquí:

"Por otro lado se ha producido la infiltración en las principales universidades católicas, de teorías heréticas que luego diseminan sus alumnos por el mundo entero con "chapa" romana. Ahí andan los Küng, los Torres Queiruga, los Grün, los Álvarez Valdés, etc. que conforman una lista tan interminable como vergonzante".

Mons. Aguer, haciendo gala de la sólida formación que tiene, ha dado en el clavo; pues si no se corrige el problema en la raíz, es decir en los seminarios, nada cambiará.

Su postura levantará, casi con seguridad, los ayes del progresismo autóctono, como puede inferirse del siguiente comentario dejado en el blog que publica la intervención y que copiamos:

"A este arzobispo lo veo bastante perdido en divagaciones sobre peligros doctrinales como si el evangelio de Jesús necesitara un corsé erudito para ser entregado al pueblo que necesita liberación. Me parece chocante que sea un arzobispo latinoamericano el que dice esto y en esta hora de nuestro continente".

Es decir, en Latinoamérica tienen que hablarnos como si fuéramos tontos.
Sobre todo "en esta hora" en que el marxismo, vestido a lo Gramsci o al estilo del Socialismo Bolivariano, financiado por las usinas del Nuevo Orden Mundial, pretende hacernos abjurar de nuestro destino Católico e Hispánico, para que volvamos a la barbarie y la ignorancia de los pueblos originarios; punto desde el cual ellos nos podrán dominar con absoluta facilidad.

Por eso, el progresismo marxitoindiginista, negador de la Realeza Social de Jesucristo es, además de una apostasía, traición a la Patria.

A continuación las palabras de Mons. Aguer:
Miércoles, 10 de octubre de 2012

Entre las causas de la situación actual de la fe hay que considerar los errores teológicos y filosóficos que circulan en los centros académicos, seminarios y noviciados y que se divulgan mediante la predicación y la catequesis para confusión del pueblo de Dios. La nueva evangelización requiere superar esos defectos que debilitan la certeza de la fe; para ello, cuidar que la formación de los agentes pastorales se ajuste al magisterio de la Iglesia.

Ante la emergencia de la cuestión antropológica, importa destacar la mediación de la filosofía, de una consideración metafísica de la persona que recoja y trascienda los válidos aportes científicos. Desde allí, por vía de participación, se abre el acceso al fundamento absoluto, a Dios. En el pensamiento cristiano se armonizan teocentrismo y centralidad del hombre, como alternativa al antropocentrismo radical que proponen algunas corrientes contemporáneas.

Se hace necesario desarrollar una nueva apologética, un discurso en favor de la fe cristiana, tanto de nivel académico cuanto catequístico-popular, que sea un itinerario propuesto a la inteligencia y al corazón de los hombres y las mujeres de hoy.


15 oct 2012

La realeza de Nuestro Señor Jesucristo



El Derecho moderno y la realeza de Nuestro Señor Jesucristo
Cristo Rey del Universo

¡No queremos que El reine sobre nosotros!“ “¡No tenemos otro rey sino César!” Son los términos por los cuales los judíos repudiaron la Realeza de Nuestro Divino Salvador.
Y estos son los términos en los cuales todavía hoy se desarrolla la lucha. “El enemigo es el paganismo de la vida moderna, las armas son la propaganda y el esclarecimiento de los documentos pontificios. El tiempo de la batalla es el momento actual. El campo de batalla es la oposición entre la razón y la sensualidad, entre los caprichos idolátricos de la fantasía y la verdadera revelación de Dios, entre Nerón y Pedro, entre Cristo y Pilatos. La lucha no es nueva; es nuevo solamente el tiempo en que ella se desarrolla“ (Cardenal Pacelli en su discurso al Congreso de los Periodistas Católicos).
* * *
Pero no son solamente enemigos de la realeza de Nuestro Señor Jesucristo los que se confiesan frontalmente contrarios a su plano de Redención. Hacen coro veladamente con esas voces impías y renegadas, aquellos propios católicos que deforman las palabras del Divino Maestro delante de Pilatos, cuando declaró que su Reino no es de este mundo (Jo. 18, 36), dándoles un sentido restrictivo, como si esa realeza fuese una realeza exclusivamente espiritual, realeza sobre las almas, y no una realeza social sobre los pueblos, sobre las naciones, sobre los gobiernos.
Cuando Nuestro Señor dice que su Reino no es de este mundo, aclara el Cardenal Pie, quiere decir que no proviene de este mundo, porque viene del Cielo, porque no puede ser arrebatado por ningún poder humano.
No es un reino como los de la tierra, limitado, sujeto a las vicisitudes de las cosas de este mundo. En otras palabras, la expresión “de este mundo“ se refiere al origen de la Realeza Divina y no significa de ninguna manera que Jesucristo niegue a su Soberanía un carácter de reino social. De otro modo, si no pasase de la órbita estrictamente espiritual o de la vida interna de las almas, habría flagrante contradicción entre esa declaración de Nuestro Señor y otras, por ejemplo aquella en que El dice claramente que “todo poder me fue dado en el Cielo y en la Tierra“.
Y como dice Soloviev, “si la palabra a propósito de la moneda había quitado a César su divinidad, esta nueva palabra le quita su autocracia. Si él desea reinar sobre la tierra, no lo puede hacer por su propio arbitrio: debe hacerlo como delegado de Aquel a quien todo poder fue dado en la Tierra“.
* * *
Ahora bien, una de las principales características del espíritu revolucionario es justamente la pretensión de realizar la separación entre la vida religiosa y la vida civil de los pueblos.
No es la voluntad expresa de Dios la que prevalece en las leyes, como un dictamen de la recta razón, promulgado por el poder legítimo en favor del bien común, sino la expresión de la mayoría o de la voluntad general soberana. Así, la causa eficiente del bien común no se encuentra fuera y por encima del hombre, sino en la libre voluntad de los individuos. El poder público pasa a tener su primer origen en la multitud y, dice León XIII, “como en cada individuo la propia razón es la única guía y norma de las acciones privadas, debe serlo también la de todos hacia todos, en lo relativo a la cosas públicas. De ahí que el poder sea proporcional al número, y la mayoría del pueblo sea la autora de todo derecho y obligación“ (Encíclica “Libertas”).
De este modo se repudia en la sociedad moderna la intervención de cualquier vínculo “entre el hombre o la sociedad civil y Dios, Creador y, por lo tanto, Legislador Supremo y Universal“. (Doc. cit.).
Antes del siglo XVIII, antes de que la Revolución Francesa hubiese implantado tiránicamente en el mundo el artificialismo del “derecho nuevo” revolucionario, todos los países tenían instituciones políticas y sociales basadas en la fuerza de las costumbres cristianas, instituciones que no habían sido elaboradas por asambleas elegidas por la burla de la soberanía del pueblo.
Como dice Joseph de Maistre, “la constitución civil de los pueblos no es jamás el resultado de una deliberación“. No debe ser un simple acto de voluntad que nos dicta, sino sobre todo un precepto de la recta razón que no se puede desconocer, y mucho menos ir contra el mandamiento divino. Las leyes humanas han de emanar de la ley eterna. Si se deja al arbitrio de las eventuales mayorías o de la multitud más numerosa la ley que establece lo que se ha de hacer u omitir, según León XIII, se prepara así la rampa que conduce a los pueblos a la tiranía.
Por lo tanto, transfiriendo el derecho de su fuente natural, que es la voluntad de Dios expresada por la ley natural y por la Revelación, de las cuales la Iglesia es guardiana e intérprete infalible, a los sectarios que por golpes políticos se enseñorearon de los cuerpos legislativos a través de la alquimia del sufragio universal, el liberalismo preparó al mundo moderno para las cadenas que lo atan al Leviatán totalitario.

Napoleón consolidó la Revolución, no tanto en los campos de batalla, cuanto al codificar el caudal de leyes emanadas de las asambleas revolucionarias
No debe extrañar, por lo tanto, que Napoleón se declarase más orgulloso por el Código que trae su nombre, que por todas sus victorias como soldado. Consolidó la Revolución, no tanto en los campos de batalla, cuanto al codificar el caudal de leyes emanadas de las asambleas revolucionarias. Cambacérés y sus comparsas pusieron un simulacro de orden en aquel caos de legislación racionalista, que sólo se preocupa con las apariencias del orden natural, ignorando completamente el orden sobrenatural. Ese naturalismo ya sería suficiente para establecer la escisión de la legislación revolucionaria con la ley eterna. Sin embargo, no son pocos los artículos del Código Napoleónico que se encuentran en frontal oposición a Jesucristo y a su Iglesia.
El cesarismo se manifiesta por el establecimiento del “casamiento civil”, por la autorización del divorcio, por los atentados contra el patrimonio familiar, en las disposiciones sobre sucesiones y el derecho de legar; por el no reconocimiento de la existencia de las Ordenes Religiosas; por el rechazo del derecho que tiene la Iglesia de adquirir y de poseer libremente bienes. Mantiene la supresión revolucionaria de las corporaciones o de la libertad de asociación; afirma el falso principio de la igualdad civil y política de todos los ciudadanos, y basándose en ese falso principio, propina un golpe de muerte a la institución de la familia, al prescribir la división igualitaria de las herencias. Y así, a través de este código Revolucionario, modelo de legislación que sería adoptada por todos los Estados modernos, Cristo Rey es expulsado de los gobiernos y de las leyes que rigen a los pueblos.
Así se puede decir, con Blanc de Saint-Bonnet, que “el Imperio fue la coronación del liberalismo o, en otras palabras, la instalación del cesarismo: la más perfecta sustitución de Dios por el hombre, de la Iglesia por el Estado que jamás se realizó, fuera del Imperio Romano o, si se prefiere, del imperio otomano“.
* * *
Con esto se abre la puerta al socialismo y al comunismo. Porque el liberalismo conduce fatalmente al comunismo, no por vía de reacción, como declaman ciertos sociólogos improvisados, sino por su propia esencia, por sus propias características. El liberalismo generó el ateísmo, por su desprecio por la fe, y por la libertad desenfrenada concedida al error religioso y social. Enseguida, solapó la propiedad privada en su propia base por el modo de tratar los derechos de la nobleza, de expropiar los bienes de la Iglesia, de disponer arbitrariamente del patrimonio familiar, de consentir en los abusos de la vida económica y en la explotación del hombre por el hombre.
Finalmente, el liberalismo instaló en los Estados la fuerza brutal de las masas, entregando el poder amarrado de manos y pies al sufragio universal. “Ahora, el comunismo toma como base el ateísmo, como fin la usurpación del capital, y como medio la fuerza empleada por las masas“. (Blanc de Saint-Bonnet, in “La legimité”).
El punto general de convergencia de toda la obra revolucionaria es, por lo tanto, la radical negación del reino social del Divino Salvador. “¡No queremos que El rey de sobre nosotros!“. “¡No tenemos otros rey sino el César!“. De este modo, “el error dominante, el crimen capital de este siglo es la pretensión de sustraer la sociedad al gobierno y a la ley de Dios… el principio colocado en la base de todo el moderno edificio social, es el ateísmo de la ley y de las instituciones. Se disfrace éste bajo los nombres de abstención, de neutralidad, de incompetencia o aún de igual protección; que se vaya hasta contradecirlo por algunas disposiciones legislativas de detalle o por actos accidentales y secundarios: el principio de la emancipación de la sociedad humana en relación al orden religioso permanece en el fondo de las cosas; es la esencia de aquello a lo que se da el nombre de tiempos nuevos“. (Cardenal Pie, t. 7).
El católico para no desertar de su fe, como miembro de la Iglesia militante debe, por lo tanto, luchar por la restauración del Reino de Cristo, como única vía para la restauración de la verdadera civilización, que es la Civilización cristiana, la ciudad católica. Y si Jesucristo es Rey de toda la Creación, tenemos en su Santísima Madre la Reina de Cielos y Tierra.
San Luis María Gringnion de Montfort dice que si Jesucristo vino al mundo fue por medio de la Santísima Virgen y que también por Ella debe reinar en el mundo. Esa devoción a la humilde Virgen María, tan despreciada por los orgullosos, hinchados por la vana ciencia del mundo, esa devoción se encuentra ligada de modo tal a toda la doctrina católica, que se puede decir que ella es el último eslabón de una cadena de verdades cuyo primer eslabón es el dogma de un Dios Creador, y es ese último eslabón que necesita la sociedad humana, amenazada de caer en el abismo del naturalismo y del comunismo. Las cuestiones más graves, las más vastas consecuencias del orden humano y social dependen de esos artículos de fe. Y de ésos puntos del dogma, relegados hoy al interior de los santuarios.
En este mes del Rosario y de la Fiesta de Cristo Rey, hagamos subir hasta el trono de la Madre de Dios nuestras ardientes súplicas para que la humanidad sufridora pueda ver pronto la restauración del reinado de Su Divino Hijo.
Plinio Corrêa de Oliveira, Catolicismo n° 22 Octubre de 1952