¡ Viva Cristo Rey !

Tuyo es el Reino, Tuyo el Poder y la Gloria, por siempre Señor.
Cristo, Señor del Cielo y de la TIERRA, Rey de gobiernos y naciones

11 nov 2020

Leyes que matan

 

Criminalidad de la “ley”

(Criminalidad de la “ley”)

Por el Dr. Héctor Hernández*

      

Se supone que las vacunas y remedios sanan o previenen y que, si matan o contagian o empeoran o no pasa nada, no sirven y hay que quemarlos.  

El derecho

            Un razonamiento semejante se hace en Derecho cuando se habla de la inconstitucionalidad por falta de razonabilidad; que los medios establecidos por las leyes sean idóneos al fin propuesto (suponiendo el fin recto). El jurista Juan Francisco Linares, clásico estudioso del tema entre nosotros, da un ejemplo que repite Carlos Cossio. Si una ley dispone la clausura de los teatros por una epidemia de paludismo, es inconstitucional porque esta enfermedad no se contagia con aglomeraciones; el medio dañoso (cerrar locales) no conduce al fin (evitar el contagio). No vale. En cambio, es válido cerrarlos para evitar el cóleraque sí se contagiaría de ese modo. Válida.

Una no-medicina que no cura una no-enfermedad

La aceptación universal de esta tesis muestra que es un dogma jurídico que las leyes no pueden disponer cualquier cosa, aunque sean sancionadas por el poderoso o por la mayoría poderosa.

Siendo que el embarazo no es de ninguna manera una enfermedad; y que no hay indicación médica que mande matar al hijo, el medio no sirve para ningún fin confesable. Esta doctrina se aplica a la norma que nuestro gobierno socialista propicia para matar argentinitos. Nulidad. Se habla también técnicamente de “inconstitucionalidad por violación de la defensa en juicio substancial”.

Daño seguro

            En el aborto seguro, es claro que es seguro que muere uno seguro, el pibe aniquilado seguro con total seguridad. Pero si “sale mal”, como dice perogrullando Roberto Castellano, la cifra se suele duplicar y mueren dos. Esto es inhumano y actualmente, sin la ley y contra la ley, sobre datos oficiales se calcula que mueren al año 123.107 argentinitos invocando el criminal fallo conocido como FAL y los ilegales Protocolos ILE, que son recontrailegales. Mejor es no matar; me corrijo, nunca se puede matar a un inocente.  

Y encima la novedad de una enfermedad nueva 

            Pero he aquí que en muchos de estos casos no sólo se produce un mal o dos y no sólo no se gana nada, sino que encima se producen nuevas desgracias.

En el citado fallo FAL el Comité de Ética y el Jefe de Tocoginecología del Hospital de Rawson dictaminaron que era más seguro parir que abortar y más riesgoso abortar que parir; pero los jueces criminales mataron igual, y antes de que hubiera sentencia firme. Una investigación en el Estado de California concluyó que las mujeres que abortaron tenían el doble de posibilidades de morir en el acto, respecto de las que parieron. En Finlandia se estudió la proporción de suicidios entre mujeres que mataron a su hijo y mujeres que parieron, registrándose 34 en las primeras y 5 en las segundas. Más graves son las consecuencias cuando abortan con píldoras, porque alcanzaron a ver a su hijo en sangre.  

Incluso la tristemente célebre IPPF, Planned Parenthood Federation of America, no sólo reconocía que abortar es matar un niño (“abortion is kill the life of a baby”), sino que es “peligroso para tu vida y tu salud”, y que “te puede hacer estéril”. (Agente de IPPF en Argentina es la Fundación Huésped, presidida por el Dr. Pedro Cahn, funcionario del actual gobierno socialista ateo, y las senadoras Elías de Pérez, Olga Brizuela y Gloria de Daca  probaron en 2018 en Senadores que él y otros disertantes abortistas se vinculan a ella).

Un crimen con enfermedad propia

Es algo ya estudiado y sus síntomas clasificados: síndrome post-aborto. “Trastorno por estrés postraumático ante el impacto y percepción de reacciones físicas y emocionales debidas al trauma del aborto”. Sacerdotes católicos refieren que quienes abortaron suelen confesar una y mil veces la falta, creyendo que Dios no las perdona, y hasta hay un tratamiento religioso (“pastoral”) del tema. (Cfr. Jorge María Randle, Ante corazones rotos. Una propuesta pastoral para la sanación post-aborto, Katejon, 2019). Ante una mujer embarazada se recuerda el hijo que no está; hay depresión, ansiedad, pesadillas, dolor abdominal en el aniversario, abuso de drogas y alcohol e intentos de suicidio.  Se vive lo que sucedió como lo que es: la pérdida, por propia decisión, de un ser humano con el cual se han creado ya vínculos afectivos.

Aunque nunca se puede asesinar o autorizar el asesinato de un inocente; aunque se admita el absurdo moral de que el fin justifique los medios, se ve que aquí no hay ninguna racionalidad.

El Derecho no ampara, por falta de razonabilidad constitucional, una norma que tiende a producir el problema del hijo que se sacó del útero pero que no se pudo sacar de la cabeza y del corazón de la mujer. Porque como dijo el prócer Jéròme Lejeune, “un niño pesa más en la conciencia que en los brazos”.

Héctor H. Hernández

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